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COMO DESACELERAR LA PROPAGACIÓN DEL COVID-19 EN EL LUGAR DE TRABAJO

 

La “nueva normalidad”  está demandando que las empresas de todo sector tengan en cuenta con mayor énfasis el bienestar y salud de sus empleados. La reactivación económica que se ha venido realizando progresivamente ha hecho que muchas empresas reciban de nuevo a sus colaboradores, sin embargo, esta época de pandemia obliga que este recibimiento se cumpla bajo medidas que busquen cuidar la salud de todos gracias a una serie de protocolos y medidas de bioseguridad. Para la vigilancia de la salud de los trabajadores en el contexto de la pandemia por COVID-19,  el MINIS ERIO DE SALUD ha considerado 7 lineamientos básicos de aplicación obligatoria, basados en criterios epidemiológicos, aprobado con la Resolución Ministerial N° 448-2020-MINSA y modificado por Resolución Ministerial Nº 265-2020-MINSA.



Revisemos los puntos más importantes aquí:

1.  Limpieza y desinfección de los lugares de trabajo:

El empleador debe asegurar la correcta limpieza y desinfección de ambientes, mobiliario, herramientas, equipos vehículos, entre otras superficies inertes con la metodología y procedimientos adecuados.

 2.  Evaluación del trabajador previo al regreso o reincorporación al centro de trabajo:

Paso 1: Identificación de exposición al Covid-19 de cada puesto de trabajo.

Paso 2: Todos los trabajadores deben completar una Ficha de sintomatología Covid-19 (Se podrá usar medios digitales).

Paso 3: Control de la temperatura al ingreso de cada trabajador.

Paso 4: Todo trabajador que cumpla criterios de casos sospechosos deberá ser manejado de acuerdo al Documento Técnico Atención y Manejo Clínico de Casos de COVID-19 del MINSA.

Paso 5: Aplicación de pruebas serológicas o moleculares para vigilancia de la COVID-19  a trabajadores en puestos de trabajo con Alto o Muy Alto Riesgo, las mismas que están a cargo del empleador.

Paso 6: Para puestos de Mediano y bajo riesgo la aplicación de las pruebas se deben  hacerse únicamente bajo la indicación del profesional de salud en el trabajo.

Paso 7: No se recomienda la realización de pruebas moleculares ni serológicas (en todos los niveles de riesgo) a los trabajadores que hayan presentado previamente una prueba positiva y/o tenga el alta epidemiológica, ya que el tiempo de duración de los anticuerpos en sangre o la reversión de los mismos aún es incierta y no indica posibilidad de contagio.



De identificarse un caso sospechoso o tomar conocimiento de ser contacto con un caso confirmado el profesional de salud responsable deberá derivar al paciente a un establecimiento de salud para su manejo según lo establecido por el MINSA, asimismo deberá identificar potenciales contactos y comunicar a la autoridad de salud de su jurisdicción del trabajador para el seguimiento de casos correspondientes, así como también reforzar la información sobre la prevención del contagio de la COVID-19, medidas de higiene y cuidado que deben llevar en casa.

3.  Lavado y desinfección de manos

El empleador debe asegurar la cantidad y ubicación de puntos de lavado de manos (lavadero, caño con conexión a agua potable, jabón líquido o jabón desinfectante y papel  toalla) y puntos de alcohol (gel y liquido) para el uso de los trabajadores.

Uno de los puntos de lavado deberá ubicarse al ingreso del centro de trabajo y en la parte superior de cada punto deberá indicarse mediante carteles, la ejecución adecuada del método de lavado correcto o uso de alcohol.

4.  Sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo

Brindar información sobre la COVID-19 y medios de protección laboral en actividades de capacitación, que incluye distanciamiento social, uso de mascarilla e higiene de manos.

El uso de la mascarilla es obligatorio durante la jornada laboral, el tipo de mascarilla será de acuerdo al nivel del riesgo del puesto de trabajo.

Educar permanentemente en medidas preventivas, para evitar el contagio por COVID -19 dentro del centro de trabajo, en la comunidad y en el hogar.

5.  Medidas preventivas de aplicación colectiva:

El uso de mascarillas de manera adecuada, tapando nariz y boca, es de carácter obligatorio .

Antes o durante el retorno asegurar la capacitación de los trabajadores en medidas preventivas contra la COVID-19.

Ambientes adecuadamente ventilados, se recomienda las puertas abiertas de la oficina para evitar el recurrente contacto con las perillas o manijas.

Renovación cíclica de volumen de aire según lo indicado por el ministerio de Salud o norma internacional oficial, según el riesgo encontrado en el ambiente de trabajo.

Distanciamiento social de al menos 1 metro entre trabajadores.

Si los centros de trabajo cuentan con comedores, ascensores, vestidores, cafetines, medios de transporte y otros, estos deberán mantener el distanciamiento social respectivo. En el caso de comedores debe incrementarse el distanciamiento mínimo a 2 metros y/o hacer turnos para el personal.

Reuniones o capacitaciones deben ser preferentemente virtuales.



Se promoverá el uso de herramientas digitales.

Protección de trabajadores en puestos de atención al cliente, mediante el empleo de barreras físicas además de las mascarillas correspondientes.

Las mujeres gestantes y mujeres que dan lactancia materna, de preferencia deben realizar trabajo remoto, en caso no sea posible, no deberán estar ubicadas en áreas de exposición al público.

6.  Medidas de protección personal

El empleador debe asegurar la disponibilidad de los equipos de protección personal e implementar las medidas para su uso correcto y obligatorio de acuerdo con el nivel de riesgo de los puestos de trabajo.

7.  Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto del COVID 19

Como actividad de vigilancia, se controlará la temperatura corporal de todos los trabajadores al momento de ingresar y al finalizar la jornada. Se indicará la evaluación médica de síntomas de la COVID-19 a todo trabajador que presente temperatura mayor a 38.0 °C o con síntomas respiratorios, deberá retomar a su domicilio.

Puedes leer o descargar el documento completo en la página del Ministerio de Salud: https://www.gob.pe/minsa/

  

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